Disposiciones para el uso de la Mesa de Partes Virtual del Proyecto Especial Truchas Titicaca
Documentos Requeridos:
- Personas naturales deben contar con Documento Nacional de Identidad y/o carnet de extranjería.
- Personas jurídicas deben digitalizar el documento que acredite su representación.
Uso de la Mesa de Partes Virtual:
- Disponible las 24 horas para el envío de documentos.
- En días no laborables, se considera como fecha de envío el primer día hábil siguiente.
- Trámites para personas naturales son a título personal.
- Trámites para personas jurídicas son realizados por su representante.
- Garantía de custodia de documentos electrónicos por parte del Proyecto Especial Truchas Titicaca.
- En caso de incidencias, el Administrado puede comunicarse al número 995533915 o al correo
mpv@pettpuno.pe de 09:00 a 14:00 horas.
- Si la Mesa de Partes Virtual no está disponible, el Administrado lo comunicará inmediatamente al correo
electrónico
mpv@pettpuno.pe dentro de las 09:00 a 14:00 horas, adjuntando evidencias.
- Por ningún motivo se iniciará procedimientos administrativos a través del correo electrónico
mpv@pettpuno.pe salvo aquellos descritos precedentemente, en los numerales 4
y 5.
De la solicitud principal y anexos:
- El envío de un documento involucra el ingreso de un documento principal (solicitud), el cual sustenta el trámite
a realizar por el Administrado, pudiendo además contener anexos (Puede elegir hasta 7 archivos, No máximo de 10MB
por
archivo).
- El documento principal juntamente con sus anexos, será digitalizado únicamente en formato PDF por el
administrado y se adjuntará al formulario y su peso no excederá los 10 MB.
De la presentación de documentos:
- El Administrado podrá enviar documentos sin restricción de horarios. Sin embargo, la recepción se efectuará de
acuerdo con el horario de Mesa de Partes Presencial del Proyecto Especial Truchas Titicaca (días hábiles de 08:00
a
16:00 horas). Pasado este horario, la documentación podrá ser presentada pero se dará por recibida, a partir del
día hábil siguiente.
- El conteo de los plazos para la atención de los documentos enviados se efectuará desde el día hábil siguiente de
la
fecha y hora de recepción del documento, el cual figurará en el cargo de recepción.
- El Administrado es responsable del cumplimiento de los plazos establecidos para el envío de sus documentos, para
lo
cual tomará las previsiones del caso.
- Todo documento principal al ser enviado a través de la Mesa de Partes Virtual estará firmado y digitalizado. (La
digitalización de documentos implica pasar documentación física a formato digital) y será adjuntado como anexo.
- El Administrado podrá visualizar en el portal web del Proyecto Especial Truchas Titicaca
(https://mesadepartes.pettpuno.pe/), el estado de
los trámites presentados.
De la constancia de presentación y cargo de recepción de documentos:
- Una vez efectuado el envío de documentos en la Mesa de Partes Virtual, se generará una constancia de envío que
será remitida inmediatamente al correo electrónico señalado por el administrado, hecho que acredita el envío del
documento, mas no la recepción del mismo, toda vez que esta última será efectuada conforme a los horarios de
atención de la Mesa de Partes Presencial del Proyecto Especial Truchas Titicaca (días hábiles de 09:00 a 14:00
horas).
- Luego de que el personal de Mesa de Partes valide el cumplimiento de los requisitos de ley se generará el cargo
de recepción y será remitido inmediatamente al correo electrónico señalado por el administrado, como constancia de
que el documento ha sido recibido por el Proyecto Especial Truchas Titicaca.
- Deben ser recibidos todos los formularios o escritos presentados, no obstante incumplir los requisitos
establecidos
en la Ley del Procedimiento Administrativo General N°27444, su Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo
Nº004-2019-JUS, o aquellos que no estén acompañados de los recaudos correspondientes y/o anexos descritos en el
documento principal, o se encuentren afectados por otro defecto u omisión formal prevista en el TUPA, que amerite
corrección. En un solo acto y por única vez, la unidad de recepción al momento de su verificación se realizará las
observaciones por incumplimiento de requisitos que no puedan ser salvadas de oficio, notificando al administrado
vía el correo electrónico señalado las observaciones a ser subsanadas dentro de un plazo máximo de dos días
hábiles,
indicando que, si así no lo hiciera, se tendrá por no presentada su petición. (Art. N°125 Ley N°27444).
Notificación:
Del uso del correo electrónico y otro medio de notificación.
- Las Unidades Orgánicas del Proyecto Especial Truchas Titicaca, que sean competentes para emitir actos o
actuaciones administrativas en un procedimiento iniciado por mesa de partes virtual, deberán garantizar la
correcta
y válida notificación del acto a los administrados, con la finalidad de no vulnerar sus derechos.
- Se notificarán a través del correo electrónico u otro medio de notificación análogo, autorizado y señalado por
el
administrado, los actos administrativos o actuaciones emitidas por las Unidades Orgánicas competentes del Proyecto
Especial Truchas Titicaca.
- El Administrado que inicia un trámite por ante la Mesa de Partes virtual del Proyecto Especial Truchas Titicaca,
asume los siguientes compromisos:
- Revisar frecuentemente su correo electrónico, señalado por el Proyecto Especial Truchas Titicaca, a efectos
de tomar conocimiento oportuno de los documentos que le hayan sido notificados.
- Mantener activo el correo electrónico consignado en la Solicitud de Registro, a efectos de recibir las
notificaciones y/o comunicados del Proyecto Especial Truchas Titicaca.
- Asegurar que el correo electrónico donde se reciben las notificaciones, cuenten con espacio disponible
suficiente para ello.
- Ante un supuesto de contingencia del correo electrónico que afecte la operatividad de éste, el Proyecto Especial
Truchas Titicaca a través de sus Unidades Orgánicas, deberá agotar los medios a fin de garantizar una efectiva y
válida notificación, incluso podrá remitir la documentación al Administrado en forma física.
- El Proyecto Especial Truchas Titicaca no asume responsabilidad alguna frente al Administrado en los siguientes
casos:
- Cuando se presenten problemas de carácter técnico imputables al proveedor del servicio de Internet que usa
el Administrado, que le impida acceder a su correo electrónico.
- Cuando se presenten otros problemas de carácter técnico no previstos que afecten el acceso al servicio de
Mesa de Partes Virtual, no imputables al Proyecto Especial Truchas Titicaca. En este caso el Administrado
podrá comunicarse con el Proyecto Especial Truchas Titicaca a través del número 995533915, así como al
correo mpv@pettpuno.pe dentro del horario de atención de la Mesa de
Partes Presencial días hábiles de 08:00 horas hasta las 16:00 horas.
- La notificación al Administrado se realizará dentro del horario de atención del Proyecto Especial Truchas
Titicaca. La notificación surtirá efecto una vez enviado el acto administrativo por parte de la Unidad Orgánica
competente al administrado, mediante el correo electrónico señalado por el administrado, independientemente del
momento en que haya ingresado al correo enviado, o haya dado lectura al documento notificado.
- El cómputo de plazo es contabilizado a partir del día siguiente hábil de efectuada la notificación.
Responsabilidades:
Responsabilidades del Proyecto Especial Truchas Titicaca:
- Supervisar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento.
- Realizar las mejoras que resulten necesarias para incrementar la eficiencia y eficacia del servicio digital de
Mesa
de Partes Virtual.
- Brindar capacitación y orientación a los Administrados y al personal del Proyecto Especial Truchas Titicaca,
sobre el uso de la Mesa de Partes Virtual.
- Brindar soporte técnico a los administrados sobre la plataforma, en caso de incidencias reportadas, así como,
realizar mantenimiento y actualización pertinentes en el portal web del Proyecto Especial Truchas Titicaca.
Responsabilidades del Administrado:
- Ingresar la información completa y datos fidedignos por ante la Mesa de Partes virtual del Proyecto Especial
Truchas Titicaca de acuerdo con los lineamientos establecidos en el presente Reglamento.
- Garantizar la autenticidad e integridad de los documentos presentados por ante la Mesa de Partes Virtual.
- Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento, así como a los términos y
condiciones
establecidos.
Disposición Final:
La presente Directiva estará sujeta a modificaciones conforme a las eventualidades surgidas por el uso de la mesa
de partes virtual y los lineamientos que disponga el gobierno central.